La Comunidad de Madrid ha presentado las nuevas medidas para combatir del COVID19 que serán obligatorias desde el próximo lunes 7 de septiembre.
• Limitación de un máximo de 10 personas en reuniones en casas y al aire libre.
• Reducción de aforo de un 75 a un 60% en velatorios y bodas.
El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero (en la i, que ha comparecido en rueda de prensa en la Real Casa de Correos con el viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, ha desgranado los objetivos de esta actualización y refuerzo de las medidas contra el COVID-19, que tiene como primer punto la modificación de la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecieron medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del Estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.
Entre los cambios destaca que, en cualquier agrupación o reunión de personas en el ámbito privado, ya sea en espacio público o en uno privado, se limita a 10 el número máximo de personas no convivientes que se pueden juntar.
Se reducen los aforos del 75% al 60% en lo relativo a las instalaciones funerarias, como cementerios, crematorios, o tanatorios. En este ámbito, el número máximo de asistentes se mantiene como hasta ahora, es decir, a los velatorios pueden acudir 50 personas si son al aire libre y 25 en espacios cerrados, mientras que a los entierros o cremaciones pueden asistir medio centenar de personas.
En cuanto a los lugares de culto también se reduce el aforo del 75% al 60% así como en ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles. Las celebraciones que pudiesen tener lugar tras estos acontecimientos, es decir, los banquetes, se limitan también a un aforo del 60.
En hostelería debe mantenerse una distancia de seguridad entre las agrupaciones de mesas con sillas de, al menos, 1,5 metros. En cuanto a la actividad de restauración en barra, se restringe la barra al 50% de ocupación. El aforo en el interior de los establecimientos se mantiene como hasta ahora, en un 75%.
Las actividades de espectáculos públicos o recreativos en recintos y espacios que no se dedican de manera habitual a dichas actividades no se autorizarán y tampoco los festejos taurinos, hasta nueva orden.
Además, se reduce el aforo de las salas multiusos polivalentes del 50% al 40%. En cuanto a los locales de apuestas, casinos e hipódromos, se rebaja el aforo del 75% al 60%, una medida que se aplica en el mismo sentido en los centros recreativos, parques de atracciones, zoológicos y acuarios.
Entre las medidas de esta nueva etapa de la lucha contra la pandemia, la Comunidad de Madrid prevé la posibilidad de habilitar espacios públicos y privados, como hoteles con equipos médicos, para realizar el aislamiento de personas o grupos familiares.
Más rastreadores
El consejero de Sanidad ha explicado también que la Dirección General de Salud Pública duplicará los equipos de seguimiento de casos positivos y contactos, los conocidos como rastreadores. Así, se pasará de los 566 efectivos actuales (366 integrados en Salud Pública y 200 operadores) a casi 1.100.
test rápidos
la Comunidad de Madrid considera esencial aumentar la capacidad diagnóstica, con el objetivo de detectar precozmente la infección por COVID-19. Para ello, la Consejería de Sanidad va a comprar 2 millones de test rápidos de antígenos, entre cuyas principales ventajas está el poder realizarse donde se encuentra el paciente y obteniendo el resultado en 10 o 15 minutos.