Normas para la reapertura de las 5323 terrazas de Madrid

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Las terrazas abrirán en cuanto la Comunidad de Madrid entre en la Fase 1 de la desescalada.

•Se limita al 50% las mesas permitidas.

•Se permitirá ampliar la superficie autorizada siempre y cuando no afecte a otro negocio y no interfiera en la circulación de viandantes.

•Las terrazas podrán extenderse a lo largo de la fachada del edificio en el que se encuentren.

•Se autorizará la instalación de terrazas en las intersecciones de las calles mediante la colocación de mesas y sillas que aseguren la visibilidad de la circulación rodada.

•Se podrán poner terrazas adosadas a las fachadas, también en zonas terrizas y, excepcionalmente, sobre bandas de estacionamiento y en espacios interbloques.

Estos nuevos criterios fijados por la Comisión de Terrazas serán de obligado cumplimiento y de carácter temporal, por lo que su vigencia y la de las autorizaciones otorgadas a su amparo tendrán validez hasta el 31 de diciembre de 2020. 

 

Más información sobre la desescalada

 

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